Constituci贸n Espa帽ola: Art铆culo 20

diciembre 6th, 2009 Posted in Internet

Con motivo del d铆a de la Constituci贸n Espa帽ola, recordamos el Art铆culo 20:

constitucion1

1. Se reconocen y protegen los derechos:

  1. A expresar y difundir libremente los pensamientos, ideas y opiniones mediante la palabra, el escrito o cualquier otro medio de reproducci贸n.
  2. A la producci贸n y creaci贸n literaria, art铆stica, cient铆fica y t茅cnica.
  3. A la libertad de c谩tedra.
  4. A comunicar o recibir libremente informaci贸n veraz por cualquier medio de difusi贸n. La Ley regular谩 el derecho a la cl谩usula de conciencia y al secreto profesional en el ejercicio de estas libertades.

2. El ejercicio de estos derechos no puede restringirse mediante ning煤n tipo de censura previa.

3. La Ley regular谩 la organizaci贸n y el control parlamentario de los medios de comunicaci贸n social dependientes del Estado o de cualquier ente p煤blico y garantizar谩 el acceso a dichos medios de los grupos sociales y pol铆ticos significativos, respetando el pluralismo de la sociedad y de las diversas lenguas de Espa帽a.

4. Estas libertades tienen su l铆mite en el respeto a los derechos reconocidos en este T铆tulo, en los preceptos de las Leyes que lo desarrollan y, especialmente, en el derecho al honor, a la intimidad, a la propia imagen y a la protecci贸n de la juventud y de la infancia.

5. Solo podr谩 acordarse el secuestro de publicaciones, grabaciones y otros medios de informaci贸n en virtud de resoluci贸n judicial.

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